Defensa ante SUNAT
Un requerimiento tiene plazos cortos y consecuencias largas. Lo que se responde —y lo que se deja de responder— en la etapa de fiscalización condiciona todo lo que se pueda alegar después. Asumimos su defensa desde el primer requerimiento hasta el Tribunal Fiscal.
Qué resolvemos
La defensa tributaria no empieza cuando llega la resolución de determinación: empieza cuando se contesta el primer requerimiento. Preparamos esa respuesta con el expediente completo y con la estrategia ya definida, para no tener que improvisar en las instancias siguientes.
Qué incluye el servicio
- Atención de requerimientos. Elaboración de los escritos de respuesta y del sustento documentario de cada punto observado.
- Acompañamiento en fiscalización. Presencia en las diligencias y control de los plazos del procedimiento.
- Recursos de reclamación. Impugnación de resoluciones de determinación, de multa y órdenes de pago.
- Apelación ante el Tribunal Fiscal. Redacción del recurso, informe oral y seguimiento del expediente.
- Quejas y medidas cautelares. Cuando el procedimiento se aparta de la ley o la cobranza afecta la operación.
- Fraccionamientos y aplazamientos. Negociación de la forma de pago cuando la deuda es exigible.
Cómo trabajamos
- Revisión del expediente. Analizamos qué se observó, con qué base legal y qué se respondió hasta el momento.
- Evaluación de posibilidades. Le decimos con franqueza qué es defendible y qué conviene regularizar.
- Estrategia y escritos. Argumentación jurídica apoyada en jurisprudencia del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial.
- Seguimiento hasta el cierre. Control de plazos, notificaciones y ejecución del resultado.
Casi siempre hay algo que discutir; lo que define el resultado es haberlo sustentado a tiempo.
Resultados que puede esperar
- Respuestas presentadas dentro de plazo y con sustento completo.
- Reducción o dejación sin efecto de reparos y multas cuando el derecho lo permite.
- Continuidad de la operación durante el procedimiento.
¿Para quién es?
Empresas con una fiscalización parcial o definitiva en curso, con valores notificados, con cobranza coactiva iniciada o con una deuda que necesita ser reprogramada.